Visitante

9 jun 2012

Convenio sobre la Diversidad Biológica.








Por: Jossie Pérez.
Periodista Ambientalista.

 Los objetivos del Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB) son "la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de los beneficios resultantes de la utilización de los recursos genéticos".

El Convenio es el primer acuerdo global cabal para abordar todos los aspectos de la diversidad biológica: recursos genéticos, especies y ecosistemas, y el primero en reconocer que la conservación de la diversidad biológica es "una preocupación común de la humanidad", y una parte integral del proceso de desarrollo. 
Para alcanzar sus objetivos, el Convenio - de conformidad con el espíritu de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo - promueve constantemente la asociación entre países. Sus disposiciones sobre la cooperación científica y tecnológica, acceso a los recursos genéticos y la transferencia de tecnologías ambientalmente sanas, son la base de esta asociación.

2009 fue el Año Internacional de la Diversidad Biológica. El 22 de diciembre de 2010, las Naciones Unidas declararon el período de 2011 hasta 2020 como la Década global de la Diversidad Biológica. Así siguieron una recomendación por los países signatórios del CDB durante COP10 en Nagoya, Japón en octubre del año 2010.
La Conferencia de Partes (COP) es el máximo órgano del Convenio, el cual reúne a los representantes de todos los países que lo han ratificado (Partes). La COP dirige, supervisa y decide sobre el proceso de implementación y futuro desarrollo del Convenio, mediante el análisis y discusión de los temas de la agenda y con la asesoría proporcionada por el SBSTTA.

Por tanto, debe mirarse con mucho cuidado a las mismas para no cometer errores por delegados oficiales a las Conferencias de las Partes y así no creer que las decisiones allí adoptadas representen obligaciones para los Estados Partes de la convención.
Desde 1994 hasta 1996, las reuniones ordinarias se celebraron anualmente, pero a partir de 1998 y luego de un cambio en las reglas de procedimiento se acordó que éstas se celebrarían cada 2 años.

La Conferencia de las Partes designó al Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), como la organización internacional competente para desempeñar las siguientes funciones secretariales:
  • Organizar las reuniones de la Conferencia de las Partes y prestar los servicios necesarios.
  • Desempeñar las funciones que se le asignen en los protocolos.
  • Preparar informes acerca de las actividades que desarrolle en desempeño de sus funciones, para presentarlos a la Conferencia de las Partes.
  • Asegurar la coordinación necesaria con otros órganos internacionales pertinentes, y en particular, concertar los arreglos administrativos y contractuales que puedan ser necesarios para el desempeño eficaz de sus funciones.
Free counters!

No hay comentarios:

Publicar un comentario